Grupo para el Estudio y Defensa del la Montaña Oriental Leonesa : Primera Sentencia favorable contra el Parque Eólico Valdesamario

GEDEMOL - Grupo para el Estudio y Defensa de la Montaña Oriental Leonesa

Realice su búsqueda

Últimas noticias

La sarna afecta ya a más de la mitad de la superficie del Parque Nacional de Picos de Europa

Fecha de publicación: 02/6/2015

Dado el imparable avance de la sarna sarcóptica en el Parque Nacional de Picos de Europa, y ante la falta de medios personales y materiales para su control y erradicación, la dirección de este...

› Leer noticia completa

Los proyectos ecoturísticos toman impulso tras el carpetazo legal a San Glorio

Fecha de publicación: 20/4/2015

Después de que el Tribunal Constitucional -tras un recurso promovido por WWF España, SEO/BirdLife, Gedemol y la Fundación Oso Pardo (FOP)- anulara definitivamente la Ley que posibilitaba la...

› Leer noticia completa
Hazte socio

Ponte en contacto con nosotros rellenenado nuestro formulario de contacto y recibirás información sobre los pasos a seguir.

› Rellena el formulario de solicitud
Está usted en: Inicio > Primera Sentencia favorable contra el Parque Eólico Valdesamario

Primera Sentencia favorable contra el Parque Eólico Valdesamario

Mantente informado
Fecha de publicación: 25/4/2013 • Fuente:DL

La juez responsabiliza a Valdesamario por la ilegalidad de su parque eólico

Ordena su paralización y anula las licencias obtenidas tras modificar el proyecto.

 

 

Una vez más, la justicia viene a confirmar la ilegalidad con la que se tramitan muchos de los parques eólicos existentes en la provincia. Es el caso del polémico parque ubicado entre los términos municipales de Riello, Valdesamario y Villagatón, sobre el que el Juzgado Contencioso-Administrativo número dos de León acaba de ordenar su paralización provisional, así como la anulación de sus licencias ambientales y de obra. De esta manera, la juez da la razón a Gedemol y SEO/BirldLife, que tras varios años de pleito en los juzgados leoneses logran demostrar la ilegalidad con la que se tramitó la puesta en marcha de este parque de la empresa Energías Especiales de Alto Ulla, operativo desde diciembre del 2009.

 

La sentencia dictada es la primera además que no carga toda la responsabilidad en la tramitación administrativa realizada por la Junta de Castilla y León sino que pone en tela de juicio el papel llevado a cabo por las instituciones municipales, en este caso el Ayuntamiento de Valdesamario, en la concesión de las licencias. De este modo, las ilegalidades apreciadas en este parque hacen referencia a la modificación sustancial del proyecto con posterioridad a la Evaluación de Impacto Ambiental del parque eólico. En concreto, el proyecto ejecutado a nivel municipal no coincide con el proyecto autorizado por la Junta de Castilla y León ni con el sometido a información pública en el Ayuntamiento de Valdesamario.


Ejecución inmediata

A pesar de que en principio la sentencia es provisional, ya que cabe la posibilidad de recurso en el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, el abogado de los grupos ecologistas, Carlos González Antón, ha confirmado a este es periódico que se está estudiando solicitar la ejecución de la sentencia, es decir, la paralización inmediata de la actividad del parque, dado los riesgos ambientes que supone para la zona. «Una vez más los juzgados dan un tirón de orejas a las administraciones por la ilegalidad con la que se ponen e n marcha buena parte de las instalaciones eólicas de la provincia», asegura González Antón.

SEO/BirdLife y GEDEMOL (Grupo para el Estudio y Defensa de la Montaña Oriental Leonesa) consideran muy positiva y relevante la sentencia que viene a darles la razón sobre la tramitación ilegal de muchas de las instalaciones eólicas de las comarcas leonesas de Omaña y Cepeda, y que ordena paralizar uno de los parques más criticados por su impacto ambiental.

 

Por su parte, el alcalde de Valdesamario, José Díez Pérez, defendió ayer la actuación llevada a cabo por su ayuntamiento en este proyecto «siempre dentro de la legalidad», asegura.

 

Nuevo varapalo judicial al negocio del viento en Omaña y la Cepeda

La sentencia, a la que ha tenido acceso este periódico, recoge que el funcionamiento del parque deberá quedar en suspenso hasta que obtenga nuevas licencias municipales. En ellas se deberá realizar una nueva información pública y se deberá resolver sobre la necesidad de un informe favorable arqueológico del que, hoy por hoy, se carece. Precisamente en el año 2011 el arqueólogo territorial de la Junta en León denunció en la prensa las graves alteraciones que la proliferación de parques eólicos estaban causando sobre varios castros y, en general, sobre el patrimonio arqueológico de la zona de Valdesamario.

 

La sentencia conocida ayer se suma a la dictada por el mismo juzgado el pasado 25 de octubre del 2012 en la que se declaró nula la autorización y la aprobación del proyecto de ejecución de la Subestación de Villameca, que además de la producción del Murias II, se construyó con la finalidad de evacuar la energía generada por hasta veinte parques eólicos de las comarcas de Omaña y Cepeda.

 

Entre otros proyectos, se verían afectados por esta anulación hasta seis parques ya construidos y en funcionamiento, polémicos proyectos que han sido denunciados en numerosas ocasiones por los grupos ecologistas por al afectar a la población de urogallo cantábrico más meridional del mundo, y por llevarse a cabo en períodos expresamente prohibidos por sus declaraciones de impacto ambiental, e incluso con anterioridad a contar con las autorizaciones y licencias.

 

Muestra de la importancia de la subestación es que, según datos aportados por la propia promotora del proyecto en el procedimiento judicial, actualmente sólo con los seis parques eólicos que vierten su producción en dicha subestación, la empresa obtendría en torno a dos millones de euros mensuales.

> Volver atrás