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BOCyL 05.09.2012
La Asociación para la Conservación y Estudio del Lobo Ibérico, interpuso recurso contencioso-administrativo contra la desestimación presunta del recurso de alzada presentado contra la Resolución de 26 de septiembre de 2011, de la Dirección General del Medio Natural, por la que se establecen los cupos del lobo asignables a cada comarca para el período 2011/2012 en Castilla y León («B.O.C. y L.» de 11 de octubre de 2011). Asimismo, la recurrente solicitó, por otrosí, la adopción de la medida cautelar de suspensión.
Con fecha 27 de julio de 2012, la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León con sede en Valladolid, en la Pieza Separada de Suspensión/Otras Medidas n.º 505/2012, dictó el Auto n.º 517/2012, en el que se acuerda:
«Estimar la petición formulada por la Asociación para la Conservación y Estudio del Lobo Ibérico y suspender la ejecución de la Resolución de la Dirección General del Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente de 26 de septiembre de 2011 aquí recurrida; sin necesidad de constituir garantía.»
En su virtud, esta Consejería de Fomento y Medio Ambiente, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, 107.2 y demás preceptos concordantes, de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial de Castilla y León», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos del auto mencionado.
Valladolid, 20 de agosto de 2012.
El Consejero de Fomento y Medio Ambiente, Fdo.: Antonio Silván Rodríguez
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